La extrema vigilancia del fútbol por parte de Hacienda va más allá de la tributación. El Ministerio ha detectado que profesionales del fútbol realizan apuestas y contravienen la ley, por lo que, a través de la Dirección General de Ordenación del Juego, ha enviado cartas a los presidentes de las federaciones territoriales en las que pide que comuniquen a los clubs las consecuencias que pueden derivarse de tales infracciones.

La misiva recuerda que la prohibición que se deriva del artículo 6 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego. En el apartado d), cita a «los deportistas, entrenadores u otros participantes directos en el acontecimiento o actividad deportiva sobre el que se realiza la apuesta». En el d), añade a «los directivos de las entidades deportivas participantes u organizadoras respecto del acontecimiento o actividad deportiva sobre la que se realiza la apuesta».

Firmada por el director general de ordenación del juego, Carlos Hernández, las cartas, enviadas la pasada semana, insisten en la necesidad de «garantizar la limpieza de las apuestas», al impedir «la participación de quienes, debido a su actividad, se encuentran en una situación de privilegio respecto al resto de participantes». La legislación, aprobada en 2011, no explicita textualmente al colectivo arbitral, aunque los colegiados habían sido ya advertidos en el mismo sentido.

«Durante las actuaciones de control llevadas a cabo por esta dirección general se ha podido comprobar que existe un gran desconocimiento de la citada prohibición por parte de las personas afectadas», añade la comunicación, al tiempo que pide a los presidentes federativos que colaboren. «El incumplimiento de esta prohibición -añade- podría suponer una infracción multada con sanciones de hasta cien mil euros», además de los correspondientes procedimientos sancionadores. Por último, el Ministerio se ofrece a colaborar en campañas de sensibilización relacionadas con la integridad en el deporte y las apuestas.

Los mecanismos de control a los que se refiere Hacienda en su carta parten de la información que facilitan las casas de apuestas sobre sus pagos y liquidaciones, como cualquier otra empresa, además de las que la Agencia Tributaria obtiene de las declaraciones particulares de los contribuyentes. Los beneficios de las apuestas deben declararse, a partir de unas cantidades que varían en función de la situación y los ingresos, como ganancias patrimoniales sujetas a retención.

Con anterioridad a la legislación, no existía una prohibición explícita en la ley para los profesionales del deporte, por lo que era habitual, por ejemplo, que jugadores, entrenadores o directivos realizaran Quinielas.

Las apuestas son un elemento de enorme preocupación para las organizaciones deportivas, dada su conexión con los amaños de partidos. El sector consiguió que, finalmente, se produjera una modificación en el Código Penal para tipificar como delito el fraude deportivo. La prohibición que se refleja en la ley, sin embargo, no tiene por objetivo preservar únicamente el juego limpio en el entorno deportivo, sino también en el ámbito de las apuestas, como expresa el Ministerio en su advertencia por escrito.

La operación de Hacienda en el mundo del deporte, en general, y el fútbol, en particular, alcanza de este modo a una parte relacionada de forma indirecta, después de que sus actores y organizaciones sean objeto de una profunda vigilancia, con actuaciones que van desde las que se han llevado a cabo en los clubes, sometidos a un férreo programa de pago de la deuda, a las inspecciones por los derechos de imagen, las sociedades ficticias, las comisiones de los agentes o las dietas de los internacionales.